Siguiendo con el tema de nulidades matrimoniales, quiero dedicar estas líneas a los costos económicos de dicho proceso. Ya hemos apuntado que una de las grandes mentiras en torno a una nulidad matrimonial es su valor. Muchos dicen por ahí que es demasiado caro acudir a los tribunales eclesiásticos para impugnar el propio matrimonio, otros piensas que sólo la pueden obtener los famosos, los ricos o aquellos pueden darse el ”lujo“, todas ellas habladurías sin fundamento que van circulando el boca a boca.
La Iglesia nunca ha cerrado la puerta a nadie porque no tenga dinero. La gracia de Dios es un don gratuito, por tanto en ella rige aquel principio evangélico de dar gratis lo que hemos recibido gratis. Mucho menos los sacramentos, medios de salvación, tienen una valor económico. El ordenamiento canónico tiene en cuenta con toda claridad que presta un servicio importante al bien de las almas, por esto tiene previstos medios adecuados para salir al encuentro de fieles que no tienen los suficientes medios económicos para hacerse cargo de la declaración de nulidad de su matrimonio.
No es un descubrimiento para nadie que en el proceso de nulidad matrimonial tiene un valor que hay que pagar, por que en ello se emplean recursos humanos, materiales y profesionales que hay cubrir. Normalmente un turno de cualquier tribunal que conoce de estas causas está compuesto por tres jueces, personas que han dedicado una buena cantidad de tiempo y dinero en su formación. Normalmente una licenciatura en Derecho Canónico dura cinco años y su valor no es algo que despreciar. Estos sacerdotes por lo general tienen una dedicación absoluta a su trabajo ya que la gravedad del tema tratado lo requiere.
Por otro lado, en todo proceso de declaración de nulidad matrimonial tiene que participar el defensor del vínculo, otro profesional del derecho que se encarga de defender con criterios objetivos la existencia del vínculo, tiene que conocer todo lo actuado en el proceso. Si el capítulo de nulidad lo requiere, el juez necesita informes de algún perito: médicos, psicólogos, psiquiatras, cada uno es su campo ayudarán al tribunal a tener mas luces sobre las realidades afirmadas por las partes. Es obvio que su trabajo tiene un valor. Además intervienen un notario y auditores los cuales dedican tiempo en recibir las declaraciones en el proceso. Las partes en litigio tiene derecho a ser defendidas por un abogado, el encargado de llevar adelante el proceso y además de su ardua preparación, dedica tiempo y recursos para probar al tribunal la nulidad alegada. Locales, papelería, comunicaciones, correos, en fin un buena cantidad de recursos que un tribunal utiliza para esclarecer la verdad. Todo esto para que veáis que se emplean recursos que cuestan dinero.
Las tarifas en cada tribunal varian según el país. Pero lo que se cubre con las costas del proceso es en realidad el trabajo de los jueces y el personal del tribunal, el valor de una pericia médica, psicológica o psiquiátrica. Los abogados tienen sus propias tarifas que también son fijadas por tribunal tratando de no que no hallan abusos.
La pregunta es, si una persona no puede cubrir los gastos de su nulidad ¿qué puede hacer? La respuesta es muy sencilla el canon 1649 expone la posibilidad de reducir las costas y el patrocinio gratuito. Corresponde al tribunal, previa presentación de la solicitad evaluar la posibilidad de reducir para las partes el valor de las costas judiciales, como es obvio, teniendo en cuenta la capacidad económica del fiel. También puede el tribunal conceder el patrocinio gratuito, figura utilizada para aquellas personas que no pueden aportar nada para costearse el proceso, incluso el tribunal le asignará un abogado que ayudará a la parte a defenderse y a actuar el proceso.
Ya no hay excusa. Si alguno tiene la necesidad de recurrir al foro canónico y no lo ha hecho porque no tiene dinero ya sabe lo que tiene que hacer, acudir a la vicaría judicial de su diócesis, exponer su caso y tener la seguridad que no le cerrarán la puerta en las narices porque no venga con los bolsillos llenos.
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Quisiera saber si una de las partes involucradas no quiere la nulidad, y no se presenta a declarar, si le pueden cobrar las costas de este procedimiento. Desde ya muchas gracias
Hola Patricia. Cuando las dos partes convienen en el proceso sobre la nulidad de su matrimonio, es lógico que las dos partes colaboren con las costas del proceso. Cuando la parte demandada no le interesa el proceso, hasta tal punto que no acude ni a declarar, es al demandante a quien le corresponden dichos gastos. Pero aclaremos una cosa. Puedes hablar con el vicario judicial de la diocesis en la que tienes el proceso y manifestar tu estado económico. El dinero nunca es el principal problema. Si tienes dificultades para pagar las costas procesales puedes solictar al tribunal la reducción de costas, para que se acomoden a tu estado financieron. El dinero no es lo importante, lo importate es que puedes llevar adelante el proceso de nulidad, porque para el Tribunal eclesiástico, lo importante es la verdad y la salvación de las almas. Mi recomendación es que hables con el Vicario Judicial en el obispado y consultes tus dificultades
me siento contenta con esta informaciòn no he podido casarme por la iglesia ya que mi esposo ya estuvo casado una vez, aun cuando el no tenia el sacramento de la confirmaciòn tenemos ocho años juntos y somos muy unidos a la comunidad y la iglesia lamentablemente nos sentimos muy señalados por el pasado de mi esposo, no tenemos dinero para la anulaciòn pero esta informaciòn me da una luz de esperanza…….. muchas gracias